
Ley 19.587 · Dto. 1338/96 · Res. SRT 905/15
Servicio externo de Higiene y Seguridad
Acompañamiento profesional continuo para prevenir daños, ordenar la gestión y sostener el cumplimiento aplicable a cada establecimiento.
Qué exige o resuelve
El Decreto 1338/96 establece que los establecimientos deben contar con Servicios de Medicina del Trabajo y de Higiene y Seguridad, internos o externos, según las condiciones y excepciones previstas. La Res. SRT 905/15 define funciones de esos servicios.
Cómo trabajamos
Relevamos actividad, dotación, riesgos, historial y requisitos de la ART. Definimos un plan de trabajo periódico con inspecciones, documentación, capacitación, indicadores y seguimiento de acciones.
Qué entregamos
- Plan anual o mensual de actividades
- Matriz de peligros, riesgos y requisitos
- Informes de visita y seguimiento
- Soporte ante ART e inspecciones








